Pensión compensatoria

Los divorcios, la pensión compensatoria.

La pensión compensatoria.

 

En este segundo artículo sobre divorcios, hacemos hincapié sobre la pensión compensatoria. Este concepto es uno de los que presenta mayores dudas en los cliente que visitan el despacho de  Manuel Plaza Abogados de Andújar.

 

Independientemente de las interpretaciones, tanto subjetivas como objetivas, que los profesionales hagan, la pensión compensatoria «DEBE» evitar que el perjuicio, que produce la no convivencia, recaiga exclusivamente sobre uno de los cónyuges.

 

Sobre este concepto, tenemos que considerar:

  • Situación previa al matrimonio y su variación durante el mismo.
  • La aportación de cada cónyuge al matrimonio, tanto económicamente como en tiempo/esfuerzo a la dedicación a la familia
  • El régimen de bienes elegido por los cónyuges, gananciales o separación de bienes.
  • La unión de hecho entre los cónyuges, parejas de hecho o la constitución fehaciente del matrimonio.

 

Acuda a un abogado antes que aun cuñado.

 

Es alto el número de clientes que acuden a nuestro despacho en Andújar buscando respuestas. Llegan con ideas preconcebidas erróneas, sobre la constitución de la pensión compensatoria, la cuantía o cual de los dos tiene derecho a recibirla.

 

En la mayoría de las causas desconocen que esta pensión puede tener un fin. Toda pensión compensatoria será objeto de modificaciones en función de las alteraciones en la fortuna individual de los ex – cónyuges.

 

La incorporación de ambos miembros al mercado laboral es ya una realidad. Ello supone la tendencia a que se establezcan menos pensiones compensatorias. Llegado el caso de constituirse una pensión compensatoria, cada vez es más frecuente que se aplique de forma temporal.

 

Son varias las sentencias, en los juzgados de Andújar, en los que hemos defendido esta casuística. Hemos evitando a nuestro defendido asumir este desembolso económico.

 

Extinción de la pensión compensatoria.

 

Recientemente a este respecto, concretamente en este verano

( https://bit.ly/2pzturM ), el Tribunal Supremo ha establecido nueva jurisprudencia a este respecto. Exactamente sobre la fecha  de extinción de las pensiones compensatorias, adelantándola al inicio de la relación asimilable con otra pareja.

 

Hasta el momento, el derecho partía del artículo 101 del Código Civil que indica:

 

“ ..El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona

 

El Tribunal Supremo, en desestimación al recurso planteado por el perceptor de la pensión, establece como fecha de extinción del derecho a percibir la pensión el momento en que se constituye la nueva unidad.

 

La respuesta del Tribunal Supremo recoge las siguientes lineas:

… se extinguirá cuando esa comunidad de disfrute se instaura de nuevo con otra persona”

«… Resulta evidente que la causa de extinción consistente en contraer nuevo matrimonio habrá de producir su efecto desde que este hecho se produce, con independencia de la fecha en que -conocida dicha situación- se interpone la demanda y se dicta sentencia decidiendo sobre la extinción

 

Confíe en la experiencia.

 

Pensión compensatoria

Confía tu tranquilidad en la experiencia de 33 años defendiendo los intereses de nuestros clientes

 

Desde nuestro despacho de Andújar consideramos, la modificación en la estimación temporal para el fin del derecho de percepción de pensión,  muy relevante e importante.

 

Dada la gran cantidad de causas que a este respecto hemos defendido en nuestra ciudad y en otros lugares de la geografía española. Durante más de 33 años, nuestro despacho se ha  intervenido en numerosos casos de Derecho de Familia.

 

Es de recibo indicar que cada caso necesita de un estudio previo, antes de tomar medidas judiciales al respecto. Recopilar pruebas y datos es una labor larga y , en muchos casos, difícil de realizar. Confiar en  grupo de abogados con experiencia y con profesionales especializados en distintas áreas, le ahorrarán tiempo y dinero.

 

Es por ello que siempre recomendamos contratar a profesionales con dilatada y contrastada experiencia. Profesionales que planteen los casos con pleno conocimiento y priorizando en todo momento la salvaguarda de los intereses de su cliente.

 

En Manuel Plaza Abogados disponemos de un equipo multidisciplinar de colaboradores que nos permiten atender cualquier situación. No dude en ponerse en contacto con nosotros para resolver definitivamente todas sus dudas.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.