CONOCE MEJOR LA NUEVA LEY DE EUTANASIA
En nuestra última entrada de nuestro blog hablamos de los primeros cinco conceptos básico para entender la nueva Ley de Eutanasia que recientemente ha entrado en vigor en todo el territorio español. Hoy finalizamos nuestro listado de los 10 conceptos necesarios para comprender el proceso de solicitud de Eutanasia.
1. La comisión de evaluación, ¿Quiénes son y quien la constituye?
La existencia de la Comisión de Garantía y Evaluación, en la Ley de Eutanasia y Divorcio Asistido, es la mayor diferencia de nuestro ordenamiento respecto al proceso aplicado a en el resto de países de Europa.
Multidisciplinar y con un mínimo de 7 miembros entre los que habrá juristas, personal médico y de enfermería. Se implantará por cada comunidad autónoma y en cada ciudad autónoma. Dispondrán de un ordenamiento interno propio establecido por los propios miembros de cada comisión y aprobado por el órgano competente de cada administración autonómica.
Anualmente se reunirán los representantes de cada comisión con miembros del ministerio de salud nacional, con el fin de analizar los casos y determinar actuaciones y procesos comunes para todo el ordenamiento nacional.
2. ¿Quién la aplica y donde se puede producir?
Dependiendo de las situaciones de cada paciente, este podrá solicitar la aplicación de la Eutanasia o el ayuda a morir en el centro sanitario público o privado, en el que se encuentre, o en el propio domicilio del paciente.
En cualquiera de las situaciones, su aplicación queda a cargo del médico responsable del proceso.
3. ¿En qué países se aplica la eutanasia la ayuda a morir?
Benelux y Canadá tienen una ley de eutanasia en vigor. Nueva Zelanda ha aprobado una que entrará en vigor en 2021. Varios estados de EE UU y de Australia hay leyes que permiten el ayuda a morir. En Colombia el Tribunal Constitucional da respaldo legal a la eutanasia, pero el parlamento aún no ha aprobado la ley que lo regule. Al contrario, pasa en Portugal, en el que el parlamento aprobó la ley, pero el constitucional la ha frenado. Suiza presenta un vacío legal que permite la asistencia al suicidio, pero no la Eutanasia.
4. Una vez que se autorice la resolución ¿Puede mi médico responsable negarse a su aplicación?
Todo profesional directamente implicado, dispone del derecho de la objeción de conciencia, que deberá manifestarse anticipadamente y por escrito, sin que dicha decisión perjudique moral ni profesionalmente al facultativo. Siendo responsabilidad de la administración sanitaria velar por el cumplimiento de la resolución.
5. ¿Con qué apoyos y rechazos cuenta?
Desde el principio ha sido una ley muy discutida y que ha generado mucha controversia a todos los niveles, político, jurídico, sanitario y social.
Tres décadas de vaivenes jurídicos e intentos legislativos fallidos, dan respaldo a la falta de unanimidad al respecto de aplicación a esta Ley.
Si bien todos tienen a indicar que, a pesar de esta o no de acuerdo con el fondo de la misma, el proceso de aplicación es totalmente garantista de la ejecución de las decisiones tomadas por el paciente, bajo total libertad, consciencia y conocimiento.
Si bien la Ley lleva más de tres meses promulgada, y entrado en vigor el pasado 25 de junio de 2021 las comunidades autónomas aún tienen mucho trabajo por hacer. La mayoría no cuenta a día de hoy, con una comisión de evaluación ni disponen de registro de objetores de los médicos que rechazan participar del proceso.
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