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Nulidad testamentaria, efectos y resoluciones.

Herederos forzosos, herederos designados en el testamento, herederos designados en el testamento anterior, albaceas o contadores partidores designados en testamento anterior, son las figuras legales que tienen potestad para solicitar la nulidad del testamento, frente a los interesados en su validez.

Realizarlo con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho civil es imprescindible si quieres realizarla en forma y tiempo ante los juzgados de Andújar, Jaén.

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Muchas de las solicitudes tienen defectos de forma o se realizan en plazos indebidos y no se admiten a trámite. Si quieres  incrementar exponencialmente las probabilidades de éxito en tu solicitud contacta con nosotros y reserva tu cita.

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Como podéis ver en un testamento intervienen muchas figuras. Cada una tiene sus derechos y por tanto puede ejercerlos en sus correspondientes plazos. Esta solicitud de nulidad puede llegar a determinar la ineficiencia de parte o la totalidad del testamento.

Causas de la nulidad testamento

El testamento puede ser ineficiente de por si, en los casos en que el testador, difunto o no, tiene declarada una enfermedad incapacitante, por ejemplo Alzheimer, o si lo realiza un menor de 14 años.

Otra causa, más común de lo que pensamos, es la realización de un testamento por coacción demostrada.  Si el testador se ve forzado a realizar un testamento nombrando a beneficiarios  a las personas que le presionan física o psicológicamente.

Una tercera causa sería una falta en la forma de redacción o realización del testamento. Falta de testigos, inexistencia de fecha de realización, entre otros.

Si es cierta que toda causa de nulidad, debe ser demostrada fehacientemente. Incluso aun llegando a darse causa de nulidad, la justicia  ha dictaminado la validad del testamento si las circunstancias en las que se producen justifican ciertamente tal validad.

Tipología de la nulidad

Como indicamos arriba  la nulidad puede ser parcial o total. En el primer caso hay un período de 5 años de prescripción desde el fallecimiento del causante.  Si estamos solicitando una nulidad absoluta, esta no tiene plazo de prescripción. Los plazos y formas en las que se presentar las solicitudes de nulidad son importantes. La mejor forma es ir acompañado de un abogado especialista para evitar que, un error en forma o tiempo, se pierda la opción de declarar la nulidad de un testamento con el que no estamos de acuerdo.

Supongamos que se admita la nulidad absoluta y el testamento, íntegramente deje de tener validez. En este caso acudiríamos al testamento anterior, si hubiese. Este hecho, en numerosos casos no se tiene en cuenta, llegando a ocasionar, al solicitante,  perjuicios mayores que si se hubiese aplicado el testamento reclamado.

Por el contrario, si no hubiese testamento anterior, admitiéndose la nulidad total del testamento,  se aplicarían las reglas que legalmente correspondan como “sucesión in testada”.

Se puede dar un caso intermedio. Un heredero forzoso, que no aparece en el testamento, puede solicitar la impugnación y ser incluido con las cuotas correspondientes a la legítima, sin que en ningún momento se determine como nulo el testamento.

Reglamentación para la nulidad testamento

Podríamos decir que la ley no recoge de forma directa las causas de nulidad testamentaria. Más bien se han ido redactando artículos que dictan el proceder a medida que se han dado circunstancias que así lo demandaban. Fruto de ello hablamos por ejemplo del artículo  662 y siguientes del Código Civil que atienden la cuestión de la capacidad, el artículo 688  recoge  la nulidad del testamento ológrafo o por ejemplo el artículo 708 que trata del defecto de custodia del testamento (el sobre que contiene el testamento aparece roto).

Esta última disposición ha tenido, a lo largo de la jurisprudencia, numerosos casos en los que los desperfectos del sellado del testamento se producen sin voluntad o conocimiento del testador. En estas situaciones, tras demostrar la autenticidad del documento, este se considerará válido al interpretar que ha sido un tercero quien ha violado la custodia.

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Testamento en Andújar, Jaén

Revocar no es anular

La revocación no supone la nulidad de un testamento. Solo el testador puede recovar su propio testamento. Esta figura consiste en modificar el testamento anteriormente realizado.

La revocación puede ser expresa, en el nuevo testamento se indica expresamente la no eficiencia del anterior testamento. Si el nuevo testamento, sus disposiciones, van en sentido contrario o son incompatibles al anterior testamento, se entenderá revocado de forma tácita.

El tema jurídico de los testamentos es sumamente complejo y daría para muchos artículos, dado que cada testamento es único y personal. Son muchas las incidencias que se producen en todos y cada uno de los testamentos. Es recomendable que en el momento de plantearse realizar un testamento, se acuda a un abogado especializado que conocedor de todas las posibles situaciones, nos asesore para una redacción que haga cumplir tus deseos.

Te invitamos a visitar nuestros artículos sobre herencias y testamentos para conocer otros términos interesantes  y sumergirte en algo que, por desgracia, todos tendremos que realizar en un momento dado de nuestra vida.

Comprar una vivienda alquilada puede ser tu mejor opción

Seguimos con las aclaraciónes sobre las novedades que trae consigo el Real Decreto-ley 07/2019 sobre Arrendamientos Urbanos. Hoy os aclararemos otros aspectos importantes sobre una vivienda alquilada.

Resolución del derecho del arrendador

Esta es una de las modificaciones principales. Hasta el 5 de marzo la legislación indicaba que, el arrendamiento  queda resuelto, dentro del plazo de los primeros 5 años (7 si el arrendador es persona jurídica)  si se daba alguna de las siguientes situaciones:

  • Ejercicio de un retracto convencional
  • Apertura de una sustitución fideicomisaria
  • Enajenación forzosa,  fruto de ejecución hipotecaria o de sentencia judicial
  • Ejercicio de un derecho de opción de compra

En cambio, en esta modificación de la ley, el arrendatario tendrá derecho, en cualquiera de los casos anteriormente indicados,  a continuar en el arrendamiento hasta que se cumplan el plazo contractual correspondiente.

Enajenación de la vivienda alquilada

En la situación de venta de la vivienda arrendada, también se producen grandes  novedades. Concretamente se refiere a la obligación del adquirente de la vivienda arrendada. En esta situación, este debe subrogarse en los derechos y obligaciones del arrendador. Esta obligación se producirá durante los cinco primeros años de vigencia del contrato (7 si el arrendador es persona jurídica) a pesar de concurrir los requisitos del artículo 34 de la Ley Hipotecaria.

Si la duración fuera superior a cinco años(7 si el arrendador es persona jurídica), la situación cambia. El adquirente quedará subrogado por la totalidad de la duración pactada, salvo que concurran en él los requisitos del artículo 34 de la Ley Hipotecaria. Es aquí donde la obligación del adquirente sólo  está obligado a mantener el arrendamiento durante el tiempo que reste hasta los cinco años (7 si el arrendador es persona jurídica)

Vivienda alquilada
Una vivienda alquilada es una gran opción de compra.

Dada esta situación, el vendedor, antiguo arrendador,  está obligado a indemnizar al arrendatario por una mensualidad por cada año del contrato que, excediendo del plazo citado de cinco años (7 si el arrendador es persona jurídica) quedase por cumplir.

Caso especial es  aquel en el que las partes hayan estipulado que la enajenación de la vivienda extinguirá el arrendamiento. En esta situación el adquirente sólo soportará  el arrendamiento durante el tiempo que reste para el transcurso del plazo de cinco años (7 si el arrendador es persona jurídica).

Déjanos asesorarte

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Acércate a nuestro despacho de abogados y te asesoraremos para que puedas negociar mejor su precio de compra.

Te invitamos a que leas alguna de las entradas de nuestro blog. Herencias, Divorcios o Intoxicaciones son alguno de los interesantes temas que hemos hablado

Intoxicación y su resoluciones legales

Hoy nos salimos por un momento del listado de artículos que estamos realizando sobre herencias, para tratar un tema que por desgracia está hoy día en boca de todos, la intoxicación alimentaria.

 

Hace unos días fue noticia la muerte de una mujer por intoxicación alimentaria en un restaurante así como la intoxicación de su familia y varios comensales más. Dada la gravedad del caso, Sanidad ha intervenido de oficio, levantando la correspondiente investigación sobre las responsabilidades de los hechos.

Que hago si sufro una intoxicación por consumo alimentario.

 

No somos médicos ni expertos en la materia, por lo que en este artículo no vamos a indicarte los síntomas de una intoxicación alimentaria o qué hacer en caso de intoxicación. Nuestro propósito es informarte de los derechos y pasos legales que tienes en una situación tan desagradable como es una intoxicación alimentaria.

 

Acude a un abogado

Reclama ante una intoxicación por gluten.

 

En los casos en los que sufras una intoxicación por el consumo de un producto alimentario, bien en un establecimiento bien adquirido en un comercio, cualquier persona tiene todo el derecho a denunciar lo ocurrido a las autoridades competentes.

 

¿Cuáles son los pasos a seguir?

 

Como muchos procesos administrativos, una reclamación puede recaer en un proceso largo, tedioso y estar plagada de obstáculos, de los propios empresarios o sus aseguradoras. En ocasiones hemos sido testigos de resoluciones no satisfactorias para el demandante.

 

Sin embargo, desde Manuel Plaza Abogados aconsejamos siempre iniciar procesos de reclamación dadas las consecuencias del consumo de alimentos contaminados o infectados. Triquinosis, náuseas, vómitos, diarreas y otras infecciones e intoxicaciones provocadas por bacterias, virus o sustancias tóxicas. No solo presentar reclamación en caso de intoxicación, También puede haber atragantamientos o lesiones serias en la boca o el aparato digestivo.

 

Defendemos tus derechos

Acude a un abogado para defender tus derechos.

En toda reclamación, tanto por intoxicación como atragantamiento, desde el despacho de  Manuel Plaza Abogados en Andújar, consideramos es fundamental presentar junto a la denuncia o reclamación un parte médico que demuestre el daño provocado por el establecimiento.

 

Nunca tirar el ticket, es necesario demostrar fehacientemente que se ha recibido el servicio prestado o la compra de ese alimento en mal estado.  Cuidado, en este último caso, tienes solo un plazo de tres meses desde que adquieres el producto para denunciar y pedir una compensación ante el vendedor o fabricante. En los casos en que el producto esté envasado en adecuadas condiciones de conservación, la responsabilidad corresponde al fabricante del producto, no al punto de venta.

 

Intoxicación en nuestra casa. Como actuar.

 

Si se consume un producto alimenticio adquirido en un supermercado o en establecimientos de comida para llevar, es recomendable a la hora de demostrar el deterioro del mismo, conservar los restos del mismo para poder entregarlo a las autoridades sanitarias. Si se ha consumido entero o no es posible conservarlo, realizad una fotografía, conservad el envoltorio original y recopilar detalles del producto, como número de lote, fecha de elaboración y fecha de caducidad.

 

Dependiendo del servicio o bien adquirido, podréis solicitar la devolución del dinero, el reemplazo del artículo o la reparación o sustitución gratuita del mismo. En caso de intoxicaciones graves o si se presentan secuelas, se puede reclamar indemnizaciones correspondientes.

 

Intoxicación en un restaurante. ¿ Qué puedo hacer ?

 

En los casos en los que la intoxicación se produce en un establecimiento de hostelería, lo primero que debes hacer es realizar una reclamación ante la oficina municipal de consumo. Deberéis aportar toda la documentación expuesta anteriormente. Se iniciará un proceso de mediación o abrirá un arbitraje de consumo. Simultáneamente se inicia una inspección que termine con sanción al propietario.

 

Cuando se constata un delito contra la salud pública es cuando interviene el tribunal de justicia.  El Código Penal establece penas de prisión de hasta 6 años, en los casos de  adulteración de productos alimenticios susceptibles de causar daños a la salud de las personas.

 

Entonces ¿qué función tienen las hojas de reclamaciones?

 

Una hoja de reclamaciones es solo un documento cuya función es poner en conocimiento de las autoridades una situación que consideremos irregular dentro de un restaurante y solicitar un esclarecimiento de los hechos.

 

Si lo que buscáis es una compensación económica lo mejor es recurrir al Sistema Arbitral de Consumo o a la vía judicial. Aunque se inicien cualquier de los procedimiento anteriores, recomendamos presentar siempre la hoja de reclamación. Siempre es recomendable dejar constancia de las malas prácticas. Al mismo tiempo podremos evitar que otros consumidores sufran las mismas circunstancias.

Asesoramiento en intoxicaciones por frutos secos

Tened en cuenta que si un establecimiento se niega a facilitar una hoja de reclamación, por ejemplo, alegando que no están disponibles en ese momento, está incumpliendo una legalidad. Están obligados a proporcionar dichos documentos. En este momento podrá realizar la correspondiente denuncia. Ante posibles suspicacias, aconsejamos solicitar la presencia de la policía local para levantar acta correspondiente. Posteriormente acudir cuanto antes a la comisaría de Policía o en las dependencias de la Guardia Civil, para presentar la correspondiente denuncia.

 

Desde nuestro despacho de Andújar, Manuel Plaza Abogados, os recomienda aplicar las medidas anteriormente indicadas. Una intoxicación puede llegar a ser muy perjudicial para la salud. Nunca está de más ser precavidos y tomar todas las medidas que estén en nuestras manos.

 

En caso de intoxicación grave, contar con el asesoramiento de un abogado es primordial. Las marcas y establecimientos, no dudarán en poner en manos de sus abogados la reclamación. No te quedes en indefensión y confía en Manuel Plaza Abogados. Más de 30 años defendiendo los intereses de nuestros clientes en Andújar y Jaén.

 

 

Testamentos, siguiendo la ley.

Los testamentos , como ya hemos visto en el primero de los artículos de esta serie, entraña una gran cantidad de repercusiones. Las herencias son la causa del mayor número de rupturas de relaciones entre hermanos. Sino se dejan solucionadas de antemano, con los correspondientes testamentos.

 

No dejes nada a la improvisación

 

En el anterior artículo vimos las dos posibilidades a la hora de redactar un testamento. Desde nuestro despacho de abogados aconsejamos:

 

  • PrimeroContrate el asesoramiento de un abogado. Es muy probable que el testamento que usted haya redactado no se realice con claridad. Esto da pie a que la voluntad real del testador no se llegue a cumplir por un defecto de redacción o forma. Un abogado experto herencia  y testamentos, en prime lugar debe conocer y tener clara la voluntad del testador. Aquel apoyado en sus conocimientos legales, podrá redactar un documento personalizado que recoja la voluntad y realidad del testador para sus bienes una vez fallezca. Dado que cada persona tiene una realidad, no aconsejamos copiar un modelo o testamentos de otras personas o de ya fallecidos. Cada uno tenemos nuestra situación particular y es preciso redactar testamentos acordes a las mismas y valorar las situaciones a futuro. Para ello no hay mejor asesor que un abogado con experiencia.

 

  • Segundo. Registro ante notario de los testamentos. Este lo guardará de forma que no sea destruido por terceras personas.  Una vez fallecido el testador, el notario velará que se comunique su voluntad. Una vez que se otorgan los testamentos, cuando éstos se firman en la notaría, el notario entrega una copia al testador. Simultáneamente el notario remite un parte al Registro General de Actos de Ultima Voluntad.

 

Concreta, no dejes nada a la interpretación

 

Abogados especialistas en testamentos

«Nuestra Experiencia, tu Tranquilidad.»

Los testamentos deben indicar de forma fidedigna a quien queremos dejar nuestros bienes y como queremos repartirlos. No es obligatorio concretar qué bien exacto dejamos a cada heredero. Pero desde nuestro despacho de Abogados expertos en herencias en Jaén consideramos este punto sumamente importante. Al igual que se deje constancia de, en caso de hijos menores, si queremos realizar alguna disposición específica en cuanto a la administración de sus bienes.

 

Concretar que bien hereda cada heredero se denomina legado.  Siempre tendrá que respetarse los límites de las legítimas. Aconsejamos ser lo más concretos posibles. Realizando bien estas disposiciones, podremos garantizar un más exacto cumplimiento de la voluntad del cliente. De no ser así, serán los herederos los que iniciarán el reparto. Previamente se realiza el inventario de bienes del fallecido. A este inventario siempre hay que deducir las deudas. En el caso de desacuerdo, en cuanto a los bienes que deben integrar la herencia o su reparto, será el juez el que decida.

Testamentos, más ventajas que perjuicios.

El gran quebradero de cabeza para los herederos es encontrarse que el fallecido no haya elaborado testamentos. Podemos entender los testamentos como guías para la adjudicación de la herencia. Facilitan el proceso y reducen enormemente los gastos económicos y de tiempo para todas las partes.

Si una persona fallece sin testamentos o es considerado nulo, los que se consideren herederos, han de tramitar obligatoriamente un expediente de declaración de herederosEs lo que se denomina declaración de herederos abintestato. Su objeto es nombrar herederos y así posteriormente adjudicarse la herencia del difunto.

Testamentos herencias y sucesiones

Asesoramiento en la redacción de testamentos

La Ley del Notariado, modificada por la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 23 de julio de 2015, establece en sus artículos 55 y siguientes el expediente sucesorio de declaración de herederos abintestato. Con anterioridad a esta modificación, los expedientes de declaración de herederos abintestato estaban repartidos entre los Juzgados y las Notarías. Según la relación de parentesco que tenía el fallecido con aquel que pretendía ser declarado heredero, eran atendidos por uno u otro agente.

Todo esto ha cambiado con la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Se suprime la competencia del Juzgado y deja en manos exclusivas de los Notarios la tramitación del expediente de declaración de herederos abintestato.

En los próximos artículos desglosaremos más aún todo lo referente sobre los testamentos y las herencias. Pero sino puedes esperar, lee nuestra anterior serie de artículos sobre los divorcios en Andújar y los errores más frecuentes.

 

Testamento. Tenlo todo bien atado.

Testamento: cuantas menos palabras, menos pleitos.

Anteriormente hemos hablado sobre los divorcios y los errores que, con más frecuencia se comente.

 

Hay un aspecto que desde nuestro despacho de #Andújar consideramos interesante desarrollar. Un error que, no ser aconsejados por un abogado, estamos seguros que más de un cónyuge comete en su divorcio.

La asignación de  albaceas o administradores de herencia.

 

Desde Manuelplazaabogados consideramos imprescindible que, en divorcios con hijos menores afectados, los esposos realicen este acto, para evitar que el otro cónyuge sea el administrador de los bienes de los hijos menores.

 

Especialistas en testamentos y herencias

Realizar un testamento es proteger a tus herederos

Los hijos menores heredan los bienes de su progenitor fallecido. Por ley será el progenitor superviviente quién tendría la administración de los bienes. Pero el fallecido puede evitarlo si ha otorgado testamento disponiendo otra cosa sobre la administración de sus bienes a su fallecimiento.

 

Desde Manuelplazaabogados, consideramos imprescindible y así se lo advertimos a todos nuestros clientes, la elaboración de un testamento que defienda su voluntad más allá de su fallecimiento. Para que este documento sea del todo efectivo, es imprescindible el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de sucesiones.

 

En los próximos artículos queremos hacer más cercano el complicado mundo de las herencias. Situaciones, terminología, recursos y múltiples  complejidades que se nos pueden presentar.

 

Testamentos y herencias. Donde prevenir  es mejor que curar.

 

De forma amplia, podemos definir el testamento,  como aquel documento idóneo que garantiza que se cumplen las decisiones sobre el futuro de los bienes y derechos de una persona cuando fallece.

 

Este documento, para que tenga una validez fehaciente, es preciso que se firme y se registre ante notario. Este da fe de la voluntad del acto y procede a realizar su inscripción. Solo realizará de la persona que ha realizado testamento, en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Nunca el contenido del testamento.

 

Abogado especializado testamentos

Especialistas en elaboración de testamentos en Andújar

 

Ante dicho registro hay que acudir pasados 15 días desde el fallecimiento de la persona para corroborar si ha realizado o no testamento y ante que notario se ha otorgado, para así poder obtener una copia y disponer de la herencia con arreglo a la voluntad expresada por el testador.

 

Testamento Ológrafo

 

También es  posible la elaboración de un testamento sin participación de un notario. Se denomina testamento ológrafo, el cual está elaborado en base a los requisitos que marca el artículo 688 del propio código civil que, resumiendo mucho, indica:

  • Ser mayores de edad
  • Escribirlo de su puño y letra, siendo clara la voluntad de redactarlo.
  • El año, mes y día en que se otorgue, debe estar expresamente recogido en el documento.
  • Debe recoger la firma del testador, siendo esta lo último que se recoge en el documento.

 

En este último caso, cuando un heredero se encuentra un testamento ológrafo, debe cumplir los requisitos que también establece la ley. De otro modo, este testamento no tendrá  efectos frente a terceros.

 

El juez de primera instancia del último domicilio del testador, es el encargado de dar validez al  testamento/ológrafo del fallecido. Para ello el juez debe verificar que la letra y firma pertenecen al testador. Para ello pude valerse de varios testigos conocedores de las mismas o en su caso de un perito calígrafo que realice las comprobaciones pertinentes.

 

En los próximos artículos desglasaremos más todo lo referente a la testamento y las herencias. No dejes de leer nuestros artículos.