Los divorcios pueden esperar.
DIVORCIOS, Actualización:
Septiembre sigue siendo el mes de los divorcios, no hay más discusión. Si es cierto que este 2019, se ha experimentado un descenso en todas las tipologías de Divorcios a nivel nacional. Nosotros hemos constatado que las estadísticas se cumplen notando esa disminución en Andújar respecto al año anterior.
Es por ello que hemos querido actualizar este post de nuestro blog, con la información que recientemente se ha presentado por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial :
- Separaciones consensuadas son un 15,4 por ciento inferiores.
- Demandas de separación no consensuada, que han disminuido un 21,2 por ciento.
- Divorcio consensuados, han disminuido un 3,9 por ciento respecto al año anterior.
- Procesos de divorcio no consensuadas han disminuido un 9,3 por ciento.
- El número de demandas de nulidad, ha sido un 25 por ciento inferior a las presentadas en 2018
A pesar de estas disminuciones en el segundo trimestre, la finalización del verano siempre trae consigo un mayor número de divorcios y separaciones. En nuestro despacho de Andújar constatamos año tras año que Septiembre y Octubre, son los meses en los que más divorcios y separaciones se inician.
Si estas pensando en iniciar alguno de estos procesos, acude a nuestro despacho y déjate acompañar por especialistas en derecho civil y de familia.
Divorcios
Este es el primero de una serie de artículos que hemos desarrollado sobre el tema que, en este mes de Septiembre, más consultas llegan a nuestro despacho de Andújar, los divorcios.
Puede sonarnos muy raro, pero las estadísticas lo corroboran. Hasta el 28% de los divorcios que se producen en España a lo largo de todo el año, se producen después de las vacaciones.
Según varios estudios realizados, el período vacacional es el momento en el que las parejas conviven más horas al día. Hablan de aquello que les preocupa, asuntos pendientes, que durante el año, por el frenético horario de trabajo, vivir en poblaciones distintas, la exigencias actuales de tener hijos, etc… no se encuentra tiempo para discutirlos.
Y este es uno de los desencadenantes de los divorcios. Esperas durante todo el año el tiempo de disfrutar de tus merecidas vacaciones, sacas el tema que llevas tiempo queriendo hablar tranquila/o con tu pareja y la situación de tensión se agrava por no poder disfrutar de las vacaciones.
Septiembre es el mes con más demandas de divorcio de todo el año. Puede parecer que el roce hace el cariño, pero nada más lejos de la realidad. La rotura de la rutina y la convivencia durante las veinticuatro horas del día incrementa el número de los conflictos conyugales.
Divorcio, y ahora ¿Que?
Es en este momento cuando se acude a un abogado experto en divorcios para resolver la situación de la mejor manera para el individuo. Pero esta decisión llega tarde. Si previamente no se ha realizado un ejercicio de sensatez y de contemplar todas las posibilidades, los costes y gastos (económicos, emocionales y de salud) se disparan.
Antes de discutir entre la pareja, complicar la situación con planteamientos que a veces son inviables judicialmente, o queriendo que el resultado de su divorcio (alimentos para los hijos, uso de la vivienda, pensión compensatoria, etc.), sea el mismo que el del amigo o amiga que también se encuentran divorciados. Acudan a un despacho profesional a informarse y plantear una ruptura consensuada, antes de que el desgaste personal haga muy difícil una solución amistosa.
En ManuelplazaAbogados recibirán en un asesoramiento profesional, serio y cercano.
La pensión Compensatoria, en los divorcios.
Hoy queremos hablar de un aspecto en concreto, que resulta ser el que más aclaraciones demandan nuestros clientes:
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La pensión compensatoria.
Estrictamente recogido en el artículo 97 del Código Civil (tras la reforma operada y en vigor a partir del 23.07.2015) podemos leer:
” El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación. Podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.
A falta de acuerdo de los cónyuges, el Juez, en sentencia, determinará su importe teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
1.ª Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.
2.ª La edad y el estado de salud.
3.ª La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.
4.ª La dedicación pasada y futura a la familia.
5.ª La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
6.ª La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
7.ª La pérdida eventual de un derecho de pensión.
8.ª El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
9.ª Cualquier otra circunstancia relevante.
En la resolución judicial o en el convenio regulador formalizado ante el Secretario judicial o el Notario se fijarán la periodicidad, la forma de pago, las bases para actualizar la pensión, la duración o el momento de cese y las garantías para su efectividad.”
En los siguientes artículos, os iremos desgranando más particularidades sobre la Pensión Compensatoria.